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Acceso a Medidores Fiscales
Actualmente los Participantes de Mercado pueden tener acceso a los medidores fiscales de los Activos que representan, ya sea Centros de Carga o Centrales Eléctrica. Para que el acceso sea autorizado por CFE, se requiere lo siguiente:
- El acceso a los Medidores debe ser siempre a través de un puerto de comunicaciones independiente del puerto al que se conecte el Transportista Distribuidor para la extracción de los Registros de medición.
- El acceso a los medidores debe ser a través de un medio o red de comunicaciones independiente del medio o red de comunicaciones que utilicen el Transportista o Distribuidor para la interrogación de medidores.
- El acceso a los Medidores será sólo para lectura de los Registros de medición.
- El solicitante es el responsable de los costos del equipamiento necesario para implementar el acceso (tal como ruteadores, cableado, switches, y demás equipamiento que se acuerde con el Transportista o Distribuidor), así como cubrir los costos asociados a su instalación.
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