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Complementos de Pago CENACE
A partir de la publicación del SAT de la versión CFDI 3.3, se requiere que se realicen complementos de pago para las facturas con método de pago PPD (parcialidades o pagos diferido) a más tardar el día 10 natural del mes siguiente en que se recibe el pago.
Considerando que todas las facturas, notas de débito y crédito que se emiten al CENACE dentro del MEM tiene método de pago PPD, será obligación de los Participantes emitir el complemento de pago correspondiente una vez hayan recibido los pagos, para lo cual se recomienda lo siguiente:
- Emitir un complemento de pago semanalmente, una vez se haya corroborado que las cantidades liquidas por CENACE son correctas.
- No olvidar incluir dentro de los complementos de pago los Folios Únicos de Facturación de las notas de débito emitidas por CENACE.
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